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GUTIÉRREZ CAR, S.L.U. Ceuta
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Descubre el nuevo EV9

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  • Kia EV9

*Instalación y cargador efectiva si se cumplen las condiciones establecidas por Endesa X Way. Válido para clientes particulares que adquieran un Kia hasta el 31/05/2024 en la red de concesionarios Kia de la Península, Baleares, Ceuta y Melilla.   La instalación del Equipo quedará condicionada a que la ubicación donde se instalará el Equipo disponga de: a. Un Punto de suministro a 230/400 VAC dotado de conexión a tierra b. Un cuadro general de mando y protección c. Un equipo de medida, siempre y cuando el Cliente sea el titular del Punto de Suministro, de forma que se pueda realizar la instalación   Una instalación que no precise de la realización de algunos de los trabajos o gestiones que se señalan a continuación, en cuyo caso Endesa X Way (directamente o a través de sus proveedores autorizados) facilitará el correspondiente presupuesto al Cliente, quien deberá aprobarlo previamente a la realización de dichos trabajos o gestiones: a. Solicitud de un nuevo suministro eléctrico (en los casos en los que no exista un punto de suministro a 230/400 VAC dotado de conexión a tierra, con un cuadro general de mando y protección y un Equipo de medida). b. Trabajos de instalación o modificación de contador o conducciones eléctricas internas. c. Trabajos de electricidad en la vivienda, ajenos a la propia instalación del equipo definida en el apartado anterior. d. La corrección de los defectos que se pudieran detectar en la Instalación del Cliente, con motivo de inspecciones por la Administración, cuando dichos defectos provengan de una instalación defectuosa realizada por empresa o profesional ajeno a Endesa X Way y/o de cualquier cambio sustancial realizado en la misma por el Cliente o por la normativa aplicable. e. La gestión con la empresa Distribuidora de la ampliación de potencia cuando ésta fuera necesaria f. Utilización de grúas o andamios (garajes con alturas superiores a 4m). g. Trabajos de albañilería, fontanería, estética o pintura. h. En caso de no poder realizar la prueba de conexión del equipo de recarga al vehículo eléctrico en el momento de la instalación, y se requiera una visita posterior del prestador para tal fin. i. El abono de cualquier tipo de tasa o canon administrativo, visado de proyectos y costes asociados a legalización ante Colegios Profesionales competentes, y cualquier tipo de impuesto, visado, suplido o tasa asociada a los trabajos de instalación del Equipo.   En caso de no cumplir alguno de los anteriores requisitos, Endesa X Way no podrá proceder a la instalación del cargador.   Endesa X Way (directamente o a través de sus proveedores autorizados) en caso de requerirse trabajos o gestiones extra, entregará al Cliente un presupuesto donde se indiquen estos trabajos y gestiones extra necesarios para la instalación del cargador de acuerdo con la normativa y las medidas de seguridad vigentes. El Cliente deberá aceptar el presupuesto con estos trabajos extra para proceder a la instalación del cargador. En caso de que estos trabajos extras no sean esenciales para la puesta en marcha y funcionamiento del cargador en los términos anteriormente descritos, dichos trabajos y gestiones no esenciales podrán ser excluidos por el cliente, para lo cual será necesario que así se recoja en el correspondiente presupuesto, procediendo Endesa X Way a la ejecución de dicha instalación, en base a lo acordado con el Cliente.   El servicio de instalación de cargador ofertado al Cliente por KIA está condicionado a la aprobación final por parte de Endesa X Way S.L. en base a lo expuesto arriba, siendo toda la relación comercial con el Cliente a cargo del concesionario de KIA. Por tanto, frente al Cliente, Endesa X Way es un prestador de los servicios de suministro e instalación del equipo, habilitado por el concesionario de KIA.   ENDESA se reserva el derecho a no acometer la instalación del cargador si las instalaciones del Cliente no reúnen las condiciones exigidas normativa o técnicamente, o si se identificase un aspecto de la instalación que pueda afectar a la seguridad de las personas y/o cosas, no aceptando el Cliente las modificaciones o reparaciones necesarias para su adecuación y/o corrección.